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Plan de reactivación económica

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Entre el viernes 6 de mayo a las 03:00 p.m. y el lunes 9 de mayo a las 08:30 a.m., no se podrán realizar transferencias interbancarias inmediatas, pues la plataforma utilizada para este proceso será modernizada, informó la Cámara de Compensación Electrónica.

“No será posible registrar de manera inmediata las transferencias ni pagos entre entidades bancarias distintas, sino solo de manera diferida”, indicó.

Cualquier transferencia o pago que se haga de un banco a otro después del viernes 6 de mayo a las 03:00 p.m. será registrado recién después de lunes 9 de mayo a las 08:30 a.m., cuando se restablecerá la normalidad de registro inmediato de cualquier pago o transferencia.

Esta disposición es de especial importante para los siguientes grupos de clientes bancarios:

  • Personas que tienen previsto hacer una transferencia entre cuentas de dos bancos distintos entre el 6 de mayo a las 03:00 p.m. y el lunes 9 de mayo a las 08:30 a.m.
  • Personas que tienen una tarjeta de crédito asociada a un banco cuya fecha de pago es entre el 6 y 9 de cada mes, y suelen pagarla a través de una cuenta de otro banco.
  • Personas que tienen un crédito con un banco cuya fecha de pago es entre el 6 y 9 de cada mes, y normalmente lo pagan con una transferencia de otro banco.
  • En cualquiera de estos casos, si se quiere que la transferencia o pago entre dos bancos distintos tenga efecto inmediato, deberá hacerse antes del viernes 6 a las 03:00 p.m.

Si se hace después de esta fecha, recién se registrará el lunes 9 de mayo a las 08:30 a.m., cuando volverán a la normalidad y se podrá hacer transferencias y pagos interbancarios inmediatos.

En los casos de tarjeta de crédito u otros créditos, ello puede implicar intereses bancarios. Los pagos y transferencias dentro del mismo banco seguirán siendo inmediatos sin interrupción, puesto que no dependen de la plataforma que será mejorada.

“Lamentamos los inconvenientes que ello pueda acarrear e instamos a tomar las precauciones del caso. Ante cualquier consulta, por favor contacte a su banco”, puntualizó la compañía.

 

                                                                                            Fuente: Diario Gestión

Miércoles, 04 May 2022 10:07

MOTIVOS PARA EL CAMBIO DE LA CONSTITUCION

MOTIVOS PARA EL CAMBIO DE LA CONSTITUCIÓN

Por: Ing. Marcel Huaclla Gomez - Docente de Ingeniería Económica de la UNA Puno.

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PRONUNCIAMIENTO

Ante el cierre temporal de la pista de aterrizaje en el Aeropuerto Inca Manco Cápac de Juliaca, el sector empresarial y agremiados de la Cámara de Comercio y la Producción de Puno, muestra su preocupación y manifiesta lo siguiente:

PRIMERO.-  Mediante comunicados las aerolíneas Latam y SKY anunciaron la cancelación de sus vuelos con destino a Juliaca desde hoy 29 de abril hasta el 05 de mayo de 2022, debido al grave deterioro de la pista de aterrizaje en el Aeropuerto Inca Manco Cápac, siendo una medida que genera pérdidas económicas y preocupación en el sector empresarial.

SEGUNDO.- Consideramos necesaria la rehabilitación de la pista de aterrizaje; sin embargo, exigimos que se planifique los horarios de trabajo, sin perjudicar los vuelos y la llegada de pasajeros de distintos puntos del país, más aún, teniendo en cuenta que el Gobierno estableció que el lunes 2 de mayo será día no laborable, a fin de promover el turismo interno.

TERCERO.-  Exhortamos a las autoridades competentes y  al concesionario Aeropuertos Andinos del Perú a solucionar prontamente esta medida y agilizar los trabajos, a fin de que se revierta los efectos negativos que se podrían generar. Asimismo, pedimos a las aerolíneas brindar la orientación y apoyo necesario a los pasajeros.

Puno, Abril del 2021

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Área de Imágen Institucional
Cámara de Comercio y la Producción de Puno

 

Manifestantes de diferentes sectores, como salud, educación, gobierno regional y otros, protestaron en contra del régimen de contratación administrativa de servicios (C.A.S), con una movilización exigieron al presidente de la República Pedro Castillo, que cumpla su promesa sobre la eliminación definitiva del régimen cas.

La contratación administrativa de servicios (CAS) es una modalidad especial de contratación laboral que entró en vigencia el 29 de junio del 2008 para solucionar la problemática generada por la proliferación de los servicios no personales (SNP) en el sector público, por lo que solo es de aplicación en las entidades estatales.

Este régimen, según explican en la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), no se encuentra bajo el ámbito de la carrera pública (D.L. 276) ni del régimen de la actividad privada (D.L. 728), solo se rige por el Decreto Legislativo N° 1057, su reglamento y la Ley 29849, que establece la eliminación progresiva del régimen CAS y otorga ciertos derechos laborales que antes no tenían quienes trabajaban bajo esta modalidad de contratación.

Hilda Churaira, representante de la coordinadora nacional de trabajadores C.A.S. de la región de puno, manifestó que, habiendo una ley que los respalda, la N° 31131, ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público, aún hay instancias que no están haciendo respetar el cumplimiento de la misma.

Los manifestantes aseguraron que a través de las federaciones de trabajadores C.A.S. se están realizando las respectivas coordinaciones y reuniones con el Ministerio de Trabajo, a fin de tener una respuesta sobre su pliego petitorio.  

El Ministerio de la Producción (PRODUCE) junto con el Centro de Investigación CIICAM, y el apoyo del Ministerio del Ambiente (MINAM), a través del Proyecto GEF-ABS-Nagoya, realizarán un seminario virtual denominado “Bioprospección microbiana con aplicación biotecnológica”.

El evento se realizará el 29 de abril de 8:30 a.m. a 1:30 p.m. y contará con la participación de destacados investigadores latinoamericanos, quienes compartirán sus experiencias en temas relacionados a la investigación de la taxonomía de bacterias, conservación microbiana, cultivos microbianos, aplicaciones biotecnológicas, entre otros.

Actualmente, en nuestro país existe un desconocimiento sobre la riqueza de la diversidad microbiana, que conlleva a un desaprovechamiento de esta parte de la biodiversidad natural y posible desaparición, a pesar de que presentan componentes viables para su utilización en la industria, medicina, agricultura, y demás áreas en beneficio del bienestar de la humanidad.

En ese sentido, el seminario virtual busca dar a conocer el potencial de la utilización de microorganismos y sus aplicaciones biotecnológicas, así como la implementación de buenas prácticas con los usuarios y proveedores.

Investigadores de Perú, Brasil y Colombia participarán en este evento virtual
Los temas a abordar durante la jornada de aprendizaje serán: "Conservación microbiana: aplicación y responsabilidades", a cargo de Derlene Attili de Angelis (Brasil) Investigadora Dirección de Recursos Microbianos-DRM y Curadora de la Colección Brasileira de Microorganismos de Ambiente e Indústria –CBMAI. con experiencia en investigaciones de sobre microbiología, con énfasis en micología - taxonomía de hongos filamentosos.

Además, se tratará “Genes de resistencia desde su diagnóstico hasta su importancia en el diagnóstico clínico para un correcto uso de fármacos terapéuticos” dirigido por Zhandra Arce Gil (Perú), docente e investigadora de la Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo-USAT. Participó en proyectos en el área de microbiología clínica, enfermedades infecciosas, resistencia de los microorganismos patógenos y detección de variaciones en el ADN de los microorganismos a través de biomarcadores, entre otros.

Asimismo, Taícia Pacheco Fill (Brasil), Investigadora Laboratorio de Biología Química Microbiana, Instituto de Química, Departamento de Química Orgánica presentará la ponencia: “La química oculta en las interacciones biológicas en los huéspedes cítricos”.

El Seminario está dirigido a la comunidad científica, académica y empresas que desarrollan innovación y desarrollo, especialmente aquellos interesados en bioprospección, investigación y desarrollo y aplicaciones biotecnológicas de microorganismos.

Los interesados en participar el día 29 de abril en el horario de las 8: 30 a.m. hasta 1:30 p.m., los interesados en participar deberán registrarse.aquí: https://us02web.zoom.us/webinar/register/WN_j_qF9Tw-SnCai58J_tlrNg

Dato
El Proyecto GEF-ABS-Nagoya tiene como objetivo fortalecer las capacidades nacionales para la implementación eficaz de los regímenes de acceso a los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales, en concordancia con el Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su Utilización; y contribuir a la conservación de la biodiversidad. 

Fuente: Ministerio de Producción

 

           

Norma establece que el sector privado se podrá acoger a este descanso, previo acuerdo entre empleadores y trabajadores.

Los trabajadores del sector público tendrán la oportunidad de disfrutar, este fin de semana, de un feriado largo de tres días, al haberse declarado no laborable el lunes 2 de mayo, de acuerdo con una norma aprobada por el Poder Ejecutivo.

 
Según el Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM, las horas dejadas de laborar durante este lunes 2 de mayo serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de sus necesidades.
 
Añade que los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad, durante el día no laborable.
 
La norma aclara que los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a este día no laborable, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, los que deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.
 
Las entidades y empresas privadas que ejecutan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, traslado de valores y expendio de víveres y alimentos, están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos del día no laborable, y los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.
 
Además del lunes 2 de mayo, el citado decreto supremo declara, asimismo, días no laborables el viernes 24 de junio, el lunes 29 de agosto, el viernes 7 de octubre, el lunes 31 de octubre, el lunes 26 de diciembre y el viernes 30 de diciembre.
 
El objetivo de esta medida es que los días no laborables, sumados a los feriados ordinarios, crean fines de semana largos propicios para la práctica del turismo interno, instrumento dinamizador que permitirá el impulso de la reactivación económica del Perú. Este domingo 1° de mayo es feriado al conmemorarse el Día Internacional del Trabajo.
 
Diferencias entre feriado y día no laborable
 

Los feriados son definidos por ley, mientras que los días no laborables son decretados por el Gobierno. Los feriados son descansos remunerados que no se compensan. En tanto, si no se trabaja en día no laborable, se debe compensar luego esas horas.

Fuente: El Peruano                             

 

           

La SUNAFIL informó que aplicará multas a las micro, pequeñas y grandes empresas que dispongan, exijan o permitan el ingreso de trabajadores que no tengan las tres dosis de vacunación contra el covid-19.

Esto luego de que se publicara en el diario El Peruano el Decreto Supremo N° 004-2022-TR, que establece como una infracción ‘muy grave’ el que personas acudan a laborar sin contar con las tres dosis de vacunación.

Según ley, para que los trabajadores puedan realizar una labor presencial deben tener las tres dosis de vacunación. En caso algún trabajador no cuente con dichas dosis, el empleador podrá tomar cualquiera de estas dos opciones de forma excluyente:

  • Disponer que el trabajador haga trabajo remoto.
  • En caso las labores no sean compatibles con el trabajo remoto, los trabajadores pasarán, por disposición legal, a una suspensión sin goce de haberes.

Esta última opción se realizará salvo que ambas partes acuerden la suspensión imperfecta del vínculo laboral. Esta se da cuando el trabajador no presta servicios, pero el empleador realiza de todos modos el pago.

Multas

La norma entró en vigencia el 22 de abril del 2022 y respecto de la multa que puede imponer la SUNAFIL, esta se calculará según el tipo de empresa, gravedad y número de trabajadores afectados.

Para una microempresa, el monto de la sanción oscila entre 0.23 y 0.68 UIT, lo que genera una escala de 1,058 a 3,128 soles de multa.

En cuanto a las pequeñas empresas, las sanciones oscilan entre 0.77 y 7.65 UIT, lo que representan montos entre 3,542 a 35,190 soles.

En tanto que para las empresas no pyme o grandes empresas, las sanciones fluctúan entre 2.63 a 52.53 UIT, lo que se traduce a montos que van de los 12,098 a los 241,638 soles.

La SUNAFIL señala que, para calcular la multa, se considera como trabajadores afectados, al total de personas que prestan servicios de forma presencial en el centro de trabajo, en el cual se advirtió la infracción.

La SUNAFIL precisa que iniciará acciones de carácter preventivo, para que se cumpla la normativa y se resguarde la salud de los trabajadores en las diferentes empresas del país, en el marco de la pandemia por el covid-19.

 

Fuente: Andina                                   

 

           

Viernes, 22 Abril 2022 17:39

BOLETÍN SEMANAL N° 12-2022

BOLETÍN EMPRESARIAL - EDICIÓN Nº 12

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Viernes, 22 Abril 2022 11:36

LA CREACIÓN DE LOS BANCOS EN PERÚ

LA CREACIÓN DE LOS BANCOS EN PERÚ

Por: Ing. Marcel Huaclla Gomez - Docente de Ingeniería Económica de la UNA Puno.

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Con el objetivo de reactivar un total de 1,770 proyectos de infraestructura paralizados en el país, el Poder Ejecutivo remitió al Congreso de la República el proyecto de ley que regula la reactivación de obras públicas paralizadas en el ámbito nacional y otras medidas.

La referida iniciativa legislativa (proyecto de ley N° 1762/2021) tiene como objetivo establecer medidas para reanudar la ejecución de estas obras a cargo de las entidades del Gobierno nacional y de los gobiernos regionales y locales.

Dinamismo económico

La propuesta establece que esas obras deben estar sujetas al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, con lo cual se busca dinamizar la actividad económica y garantizar la efectiva prestación de servicios públicos en beneficio de la población.

Según el proyecto de ley, se considera obra pública paralizada a la que fue contratada bajo la aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado y que cuente con un avance físico igual o mayor al 40%.

Además, la obra pública paralizada debe cumplir con los siguientes supuestos: el contrato debe encontrarse vigente, pero sin reportar ejecución física por seis meses o más o puede ser un contrato resuelto o declarado nulo.

El proyecto de ley establece que el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones debe elaborar un inventario de obras públicas paralizadas, el cual puede actualizarse permanentemente.

Déficit fiscal

Del mismo modo, el Ejecutivo presentó otro proyecto de Ley que plantea nuevas metas de déficit fiscal del 2023 al 2025 y de deuda del sector público no financiero a partir del 2023.

La iniciativa legal 01763/2021-PE propone un retorno gradual a las reglas macrofiscales para el sector público no financiero y así preservar la sostenibilidad fiscal, en consistencia con una reducción gradual del déficit fiscal y el estado actual de las finanzas públicas.

En proceso

De acuerdo con la exposición de motivos del proyecto de ley, actualmente habría 1,770 obras públicas paralizadas, de las cuales 1,339 corresponden a las municipalidades, 200 al Gobierno nacional y 211 a los gobiernos regionales.

“Las obras paralizadas no solamente generan incomodidad al ciudadano porque no puede contar con los servicios que han sido proyectados, por el incumplimiento de la ejecución de esas obras públicas, sino además generan obviamente menor tasa de empleo y menor crecimiento económico”, sostuvo el ministro de Economía y Finanzas, Óscar Graham.

Comentó que esta iniciativa busca destrabar la ejecución de estos proyectos y así impulsar la recuperación económica del país.

Precisiones

A partir del 2023, la deuda bruta del sector público no financiero no excederá el 38% del PBI y debe ser menor o igual al 30% del PBI en no más de 10 años.

El déficit anual de este sector para el 2023, 2024, 2025 y 2026 no debe ser mayor a 2.4%, 2%, 1.5% y 1% del PBI, respectivamente.

 

Fuente: El Peruano.                  

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