Norma establece que el sector privado se podrá acoger a este descanso, previo acuerdo entre empleadores y trabajadores.
Los trabajadores del sector público tendrán la oportunidad de disfrutar, este fin de semana, de un feriado largo de tres días, al haberse declarado no laborable el lunes 2 de mayo, de acuerdo con una norma aprobada por el Poder Ejecutivo.
Según el Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM, las horas dejadas de laborar durante este lunes 2 de mayo serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de sus necesidades.
Añade que los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad, durante el día no laborable.
La norma aclara que los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a este día no laborable, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, los que deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.
Las entidades y empresas privadas que ejecutan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, traslado de valores y expendio de víveres y alimentos, están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos del día no laborable, y los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.
Además del lunes 2 de mayo, el citado decreto supremo declara, asimismo, días no laborables el viernes 24 de junio, el lunes 29 de agosto, el viernes 7 de octubre, el lunes 31 de octubre, el lunes 26 de diciembre y el viernes 30 de diciembre.
El objetivo de esta medida es que los días no laborables, sumados a los feriados ordinarios, crean fines de semana largos propicios para la práctica del turismo interno, instrumento dinamizador que permitirá el impulso de la reactivación económica del Perú. Este domingo 1° de mayo es feriado al conmemorarse el Día Internacional del Trabajo.
Diferencias entre feriado y día no laborable
Los feriados son definidos por ley, mientras que los días no laborables son decretados por el Gobierno. Los feriados son descansos remunerados que no se compensan. En tanto, si no se trabaja en día no laborable, se debe compensar luego esas horas.
Fuente: El Peruano