CLÁUSULA MODELO
- Las partes acuerdan que las controversias que surjan con relación a la ejecución de la obra objeto del presente Contrato o como resultado de ella serán sometidas, en primer lugar, a la Junta de Resolución de Disputas (JRD) de la Cámara de Comercio y la Producción de Puno, bajo la Ley de Contrataciones del Estado (el Reglamento).
- La JRD estará compuesta de [uno/tres] miembro(s) nombrado(s), de la lista de adjudicadores del Centro.
- La organización y administración de la JRD estará a cargo de la Cámara de Comercio y la Producción de Puno, y de conformidad con las disposiciones de su Reglamento, que las partes declaran conocer y aceptar en su integridad.
- La decisión de la JRD es de inmediato y obligatorio cumplimiento por las partes. Si una de las partes no acata una decisión emitida por la JRD, facultará a la parte afectada a recurrir a los remedios contractuales pertinentes, para someter la controversia a arbitraje, de acuerdo con el Reglamento. Del mismo modo, en caso, alguna de las partes no esté de acuerdo con la decisión emitida por la JRD, podrá someter la controversia a arbitraje, de acuerdo con el Reglamento