La propuesta del Gobierno omite que organismos internacionales han señalado que la legislación de competencia vigente en el Perú ya es adecuada y está en línea con los estándares internacionales.
Además, el artículo 61 de la Carta Magna indica que el Estado combate toda práctica que limite la libre competencia y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas.
También, la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, aprobada en el 2008, prohíbe y sanciona las concertaciones de precios, producción y ventas, así como cualquier práctica que impida la entrada de competidores al mercado. En esa línea, el Indecopi mantenía 11 procesos sancionadores por presuntos cárteles y abuso de posición de dominio en enero del 2022.
Según un informe de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) del 2018, la única práctica que no se encontraba regulada entonces eran las fusiones entre empresas.
Sin embargo, a inicios del 2021, se aprobó la Ley 31112 que establece el control previo de fusiones y adquisiciones empresariales, y que ya está siendo implementada por el Indecopi.
Por ejemplo, hacia enero último, dicha institución ya había aprobado dos fusiones empresariales y mantenía otras cinco en trámite. Fuente: Comercio |