MULTAS POR INCLUMPLIR LA CUARENTENA
INFRACCIONES QUE SERÁN MULTADAS SEGUN DECRETO LEGISLATIVO Nº 1458
Mediante Decreto Legislativo N°1458, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se precisa que las multas a aplicarse serán desde S/ 86.00 hasta S/ 430.00, dependiendo de la gravedad de la infracción cometida.
Quien incumpla con el pago de la multa dentro del plazo establecido, no podrá efectuar trámites civiles como suscripción de cualquier tipo de contrato civil, gestiones ante las entidades bancarias, actos notariales o ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp); tampoco podrá realizar viajes al exterior.

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